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Constitución europea |
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Artículo 433Parte III >Titulo VII >El Consejo adoptará por unanimidad un reglamento europeo por el que se fije el régimen lingüístico de las instituciones de la Unión, sin perjuicio del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 01:00 | jmerelo | 0 Comentarios | #
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