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Constitución europea |
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Artículo 417Parte III >Titulo VI >Capitulo III >Las cooperaciones reforzadas respetarán las competencias, los derechos y las obligaciones de los Estados miembros que no participen en ellas. Éstos no impedirán que las apliquen los Estados miembros que participen en ellas. 01:00 | jmerelo | 0 Comentarios | #
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