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Constitución europea |
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Artículo 408Parte III >Titulo VI >Capitulo II >Seccion 3 >La Comisión presentará cada año al Parlamento Europeo y al Consejo las cuentas del ejercicio cerrado relativas a las operaciones del Presupuesto. Además, les remitirá un balance financiero del activo y pasivo de la Unión.La Comisión presentará asimismo al Parlamento Europeo y al Consejo un informe de evaluación de las finanzas de la Unión basado en los resultados obtenidos, en particular, en relación con las indicaciones dadas por el Parlamento Europeo y el Consejo en virtud del artículo III-409. 01:00 | jmerelo | 0 Comentarios | #
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